Moto en 2026: guantes, calzado cerrado, chaleco y arcén

Desde el 1-10-2026, en moto y ciclomotor: guantes en vías interurbanas y calzado cerrado siempre (200 €). Las motos, por el arcén solo en tramos señalizados.

9 min de lecturaActualizada el 27 de octubre de 2026

En resumen

Desde el 1 de octubre de 2026, en moto y ciclomotor hay que llevar guantes en vías interurbanas y calzado cerrado siempre. Las motos deben llevar un chaleco de alta visibilidad y solo pueden usar el arcén en tramos señalizados, a 30 km/h como máximo. Según la DGT, ir sin guantes o sin calzado cerrado cuesta 200 euros.

¿Qué equipo es obligatorio en moto desde el 1 de octubre de 2026?

El equipo obligatorio en moto desde el 1 de octubre de 2026 es el casco homologado, los guantes en vías interurbanas y el calzado cerrado en todas las vías. Lo fija el Real Decreto 518/2026, que modificó el artículo 118 del Reglamento General de Circulación.

La regla vale para conductores y pasajeros de motos, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads. El mismo Real Decreto cambió el Reglamento General de Vehículos para añadir un chaleco a la dotación de las motos.

ElementoDónde es obligatorioDesde cuándo
Casco homologado (Reglamento UNECE R22), abrochadoEn todo tipo de vías1-10-2026; en ciclomotor, 1-10-2027
Guantes de protecciónEn vías interurbanas1-10-2026
Calzado cerrado que cubra todo el pieEn todo tipo de vías1-10-2026
Chaleco de alta visibilidad en la dotaciónEn toda motocicleta1-10-2026
Chaleco puesto, si circulas por trabajoEn todo tipo de vías1-10-2026

Hay una excepción. Si el vehículo tiene estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, y así consta en su documentación, sus ocupantes quedan exentos de casco, guantes y calzado cerrado. En ese caso, están obligados a usar el cinturón.

¿Aún no sabes qué permiso necesitas? La guía de permisos de moto A1, A2 y AM lo explica, y la de ciclomotor y motocicleta aclara en qué se diferencian los dos vehículos.

¿Son obligatorios los guantes en moto y cuáles valen?

Sí. Desde el 1 de octubre de 2026, los guantes de protección son obligatorios en moto y en ciclomotor cuando circulas por vías interurbanas. El Reglamento lo dice con estas palabras: «Guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas».

Para la Ley de Tráfico, una vía interurbana es la «vía pública situada fuera de poblado». Fuera de poblado, por tanto, los guantes son obligatorios. En vías urbanas, la norma no los exige.

¿Qué guantes valen? Falta una orden del Ministerio del Interior que fije sus especificaciones técnicas. Hasta que esa orden entre en vigor, el Real Decreto 518/2026 dice: «Se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los que se usan en la actualidad». La DGT lo explicó igual en sus notas de junio y septiembre de 2026.

La norma no pone fecha a esa orden, y el 27 de octubre de 2026 todavía no aparecía en el BOE. Ninguna fuente oficial nombra aún una norma técnica concreta para los guantes. Si alguien te dice que solo vale un modelo, recuerda que las especificaciones oficiales no se han publicado.

¿Qué calzado hay que llevar en moto?

En moto y ciclomotor hay que llevar «calzado cerrado, que cubra todo el pie», en todo tipo de vías, desde el 1 de octubre de 2026. A diferencia de los guantes, el calzado cerrado también es obligatorio en ciudad.

La norma no habla de botas ni de un modelo concreto: pide que el calzado sea cerrado y que cubra todo el pie. Unas chanclas o unas sandalias abiertas no cubren todo el pie, así que no cumplen la norma.

Es la diferencia más fácil de olvidar. Para ir en moto por la ciudad, los guantes no son obligatorios, pero el calzado cerrado sí. Fuera de poblado necesitas las dos cosas, y la obligación es la misma para el conductor y para el pasajero.

¿Qué casco es obligatorio en moto y en ciclomotor?

En moto, el casco debe estar homologado conforme al Reglamento UNECE R22 y bien abrochado, en todo tipo de vías. Así lo dice el artículo 118.1 del Reglamento General de Circulación desde el 1 de octubre de 2026, para motos, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads.

El texto habla del «Reglamento UNECE R22» sin precisar la serie (05 o 06). No hay ninguna aclaración oficial sobre ese punto.

Los ciclomotores tienen un año de transición. Sus conductores y pasajeros pueden seguir usando cascos solo certificados hasta el 1 de octubre de 2027, y desde esa fecha el casco del ciclomotor debe ser homologado. Si has leído que este plazo vale también para las motos, no es así: el Real Decreto solo se lo da a los ciclomotores.

Según la Ley de Tráfico, no usar el casco cuando es obligatorio es una infracción grave de 200 euros, que además resta 4 puntos a quien tenga permiso o licencia.

¿Se puede llevar intercomunicador en el casco?

Sí, con condiciones. El artículo 18.2 del Reglamento prohíbe conducir con auriculares, pero exceptúa los «dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco» de los conductores de motos y ciclomotores. Hay cuatro condiciones:

  1. Debe ser un dispositivo inalámbrico.
  2. Debe estar certificado u homologado.
  3. Debe ir integrado en el casco.
  4. Se usa exclusivamente para intercomunicación o navegación.

No es una novedad de 2026: la Ley de Tráfico ya excluía esos dispositivos de la prohibición desde el 21 de marzo de 2022. Unos auriculares que no van integrados en el casco no entran en la excepción. Tienes los detalles en la guía de auriculares y detectores de radar.

¿Tiene que llevar chaleco reflectante la moto?

Sí. Desde el 1 de octubre de 2026, las motocicletas deben llevar en su dotación un chaleco reflectante de alta visibilidad que reúna los requisitos de los equipos de protección individual. Lo añade el Real Decreto 518/2026 al anexo XII del Reglamento General de Vehículos.

El motorista debe ponérselo cuando sale de la moto y ocupa la calzada o el arcén de una vía interurbana, igual que el conductor de un turismo. Según la guía de infracciones de la DGT, vigente desde el 1 de octubre de 2026, no hacerlo es una infracción grave de 200 euros y 4 puntos.

Quien circula en moto o ciclomotor por trabajo, como los repartidores, debe llevar el chaleco puesto en todo tipo de vías. Según la DGT, el repartidor en moto sin chaleco comete una infracción grave de 200 euros.

La moto, en cambio, no tiene que llevar la baliza V16. Según la DGT, no es obligatoria en motocicletas, aunque la recomienda. Lo explica la guía de la baliza V16 obligatoria.

¿Pueden las motos circular por el arcén en un atasco?

Solo en tramos habilitados y señalizados. Desde el 1 de octubre de 2026, el artículo 36.3 del Reglamento permite el uso extraordinario del arcén derecho por motocicletas en los tramos que acuerden el titular de la vía y la Jefatura Central de Tráfico.

Esos tramos deben estar señalizados con señales verticales fijas y marcas viales. Dentro de ellos, el uso del arcén tiene cuatro condiciones:

  1. La circulación de los carriles debe estar detenida por congestión del tráfico.
  2. La velocidad máxima es de 30 km/h.
  3. Se circula en columna de a uno, extremando la precaución.
  4. Hay que abandonar el arcén si se pone en riesgo a quien está obligado a circular por él.

El 27 de octubre de 2026 no hay ninguna lista oficial publicada de tramos habilitados. Sin un tramo acordado y señalizado, la norma no da permiso para usar el arcén. Tampoco hay un importe oficial publicado para la multa por usarlo mal.

La regla habla de motocicletas. Los ciclomotores tienen otra novedad: ya no pueden circular en columna de a dos por el arcén, porque el Real Decreto 518/2026 suprimió la excepción que lo permitía.

¿Cuál es la multa por ir en moto sin guantes o sin calzado cerrado?

Según la DGT, ir en moto o ciclomotor sin guantes por una vía interurbana, o sin calzado cerrado, es una infracción grave con una multa de 200 euros. La DGT no ha aclarado si estas dos infracciones restan puntos.

InfracciónMultaFuente
Sin guantes en vía interurbana200 € (grave)Nota de la DGT del 23-6-2026
Sin calzado cerrado200 € (grave)Nota de la DGT del 23-6-2026
Repartidor en moto sin chaleco200 € (grave)Nota de la DGT del 23-6-2026
Bajar de la moto sin chaleco a la calzada o el arcén de una vía interurbana200 € (grave) y 4 puntosGuía de infracciones de la DGT (vigente desde el 1-10-2026)
Sin casco cuando es obligatorio200 € (grave) y 4 puntosLey de Tráfico
Mal uso del arcén habilitadoSin importe oficial publicadoSin fuente oficial

La Ley de Tráfico castiga las infracciones graves con 200 euros. Estas obligaciones de equipo forman parte de un grupo más amplio que la DGT multa con 200 euros, junto a las de los patinetes y los repartidores en bicicleta. Las tienes todas en la guía de nuevas normas DGT de octubre de 2026.

Fuentes oficiales

Información verificada el 27 de octubre de 2026 en fuentes oficiales (BOE y DGT). ListoB no está vinculado a la DGT. Esta guía orienta; no es asesoramiento legal.

Practica el teórico con las normas actuales

La DGT no ha dado una fecha para incluir en el examen teórico los cambios del Real Decreto 518/2026. Su práctica declarada en 2025 es esperar al menos tres meses desde que una norma entra en vigor antes de llevarla a las pruebas teóricas.

Practica el teórico con las normas actuales

Preguntas frecuentes

¿Son obligatorios los guantes en moto en 2026?

Sí, en vías interurbanas. Desde el 1 de octubre de 2026, conductor y pasajero de moto, ciclomotor, vehículo de tres ruedas, cuadriciclo o quad deben llevar guantes de protección fuera de poblado. En vías urbanas la norma no los exige.

¿Qué guantes de moto valen mientras no se publique la orden?

Los guantes de protección «de las mismas características que los que se usan en la actualidad», según el Real Decreto 518/2026. La orden del Ministerio del Interior que fijará sus especificaciones técnicas no tiene fecha y no aparecía en el BOE el 27 de octubre de 2026.

¿Cuál es la multa por ir en moto sin guantes o sin calzado cerrado?

Según la DGT, no llevar guantes en vía interurbana o no llevar calzado cerrado en moto o ciclomotor es una infracción grave de 200 euros. La DGT no ha aclarado si estas infracciones restan puntos.

¿Pueden las motos circular por el arcén en un atasco?

Solo en tramos habilitados y señalizados con señales verticales fijas y marcas viales, cuando el tráfico de los carriles está detenido por congestión, en columna de a uno y a 30 km/h como máximo.

¿Hasta cuándo vale un casco certificado en ciclomotor?

Hasta el 1 de octubre de 2027. Desde esa fecha, conductores y pasajeros de ciclomotor deben llevar casco homologado. Este plazo es solo para ciclomotores, no para motos.

¿Es legal el intercomunicador en el casco de moto?

Sí, si es un dispositivo inalámbrico certificado u homologado, integrado en el casco y usado solo para intercomunicación o navegación. Conducir con otros auriculares sigue prohibido.

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