Adelantar a ciclistas en 2026: 1,5 m, 20 km/h menos y 5 m

El Reglamento vigente desde el 1-10-2026 pide al menos 1,5 m al adelantar a un ciclista en cualquier vía y, fuera de poblado, 20 km/h menos como mínimo.

8 min de lecturaActualizada el 27 de octubre de 2026

En resumen

Desde el 1 de octubre de 2026, el Reglamento General de Circulación exige dejar al menos 1,5 metros al adelantar a un ciclista en cualquier vía, como ya pedía la Ley de Tráfico, o cambiar por completo de carril si hay más de uno por sentido. Fuera de poblado, ve además al menos 20 km/h por debajo del límite.

En ciudad hay otra regla nueva: los vehículos a motor deben dejar al menos 5 metros con el ciclista que va delante en el mismo carril. Esta guía lo explica con el texto oficial, lo que ya decía la Ley y las multas que tienen importe oficial.

¿Qué distancia hay que dejar al adelantar a un ciclista?

Al adelantar a un ciclista hay que dejar al menos 1,5 metros de separación lateral. Si la calzada tiene más de un carril por sentido, no basta con apartarse: es obligatorio el cambio completo de carril.

Lo dice el artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación, en su redacción vigente desde el 1 de octubre de 2026. Hay que adelantar «guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril».

La misma regla protege a otros usuarios. El artículo pide «especial cuidado» y los 1,5 metros al adelantar a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, vehículos de movilidad personal (VMP), ciclistas o conjuntos de ciclistas.

Además, está prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario, incluso si van por el arcén. Esta prohibición protege ahora a cualquier usuario que venga de frente, no solo a los ciclistas.

Un grupo de ciclistas cuenta como un solo vehículo

Cuando los ciclistas circulan en grupo, el Reglamento los considera «una única unidad móvil». Un grupo de ciclistas se adelanta como si fuera un solo vehículo, con las mismas reglas: al menos 1,5 metros, o cambio completo de carril si hay más de uno por sentido, y 20 km/h menos fuera de poblado.

Los ciclistas pueden circular en columna de a dos. Deben ponerse en hilera en los tramos sin visibilidad, cuando afecten a la fluidez de la circulación y de noche o con poca visibilidad.

¿Los 1,5 metros valen también en ciudad?

Sí. El artículo 85.4 vigente no distingue entre vías urbanas e interurbanas, así que los 1,5 metros se aplican en ciudad y en carretera. Solo la reducción de 20 km/h se limita a los adelantamientos fuera de poblado.

Hasta el 30 de septiembre de 2026, el Reglamento exigía los 1,50 metros solo «fuera de poblado». En poblado pedía un margen lateral «proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada». El Real Decreto 518/2026 quita del Reglamento ese límite y nombra de forma expresa a los VMP.

Pero la Ley de Tráfico ya exigía 1,5 metros al adelantar a ciclos y ciclomotores, sin distinguir el tipo de vía. Esta tabla resume cómo ha cambiado la norma:

DesdeNormaQué exigía
Al menos el 31-1-2016Ley de Tráfico, artículo 35.4Al «conductor de un automóvil»: al menos 1,5 m al adelantar a un ciclo o ciclomotor
21-3-2022Ley de Tráfico, artículo 35.4Al «conductor de un vehículo»: al menos 1,5 m, con cambio completo de carril si hay más de uno por sentido
Hasta el 30-9-2026Reglamento, artículo 85.4 anterior1,50 m solo fuera de poblado; en poblado, un margen «proporcional»
1-10-2026Reglamento, artículo 85.4 actualAl menos 1,5 m en cualquier vía, cambio completo de carril si hay más de uno por sentido y 20 km/h menos fuera de poblado

Ojo con las notas de prensa de la DGT: presentan los 1,5 metros dentro del apartado «En vías interurbanas». No dicen que no se apliquen en ciudad, y el artículo 85.4 no hace esa distinción.

¿Cuánto hay que reducir la velocidad al adelantar fuera de poblado?

Fuera de poblado hay que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. La reducción empieza antes de iniciar el adelantamiento y dura toda la maniobra.

El artículo 85.4 lo dice así: «si el adelantamiento se efectúa fuera de poblado, antes de iniciar la maniobra, y durante toda su ejecución, el conductor que adelanta deberá reducir la velocidad respecto al límite existente en la vía en al menos 20 km/h».

Un ejemplo con números. Si el límite de la vía es 90 km/h, adelanta al ciclista a 70 km/h como máximo. Si el límite es 70 km/h, adelántalo a 50 km/h como máximo. La referencia es siempre el límite de la vía, no la velocidad a la que ibas.

Dentro de poblado, el Reglamento no exige esta reducción de 20 km/h, pero sí los 1,5 metros. Repasa los límites de cada tipo de vía en la guía de límites de velocidad.

¿Qué distancia hay que dejar detrás de un ciclista en ciudad?

En ciudad, los vehículos a motor deben dejar al menos 5 metros con el ciclista que va delante en el mismo carril. Es una distancia hacia delante, no una separación lateral.

La regla está en el artículo 153.4, dentro del nuevo título VI del Reglamento, dedicado a la circulación en el ámbito urbano. Su texto: «Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril».

La regla encaja con otras normas urbanas nuevas para las bicis:

  • Si no hay carril o vía específica, la bicicleta circula por la calzada.
  • El ciclista circula preferentemente por el centro del carril, en la medida en que su seguridad y la de los demás lo permitan. Con dos o más carriles por sentido, va por el derecho.
  • En ciudad, el ciclista puede adelantar a otros vehículos por la derecha o por la izquierda, según sea más conveniente para su seguridad.
  • En calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, el ayuntamiento puede permitir, con señalización, que las bicis circulen en los dos sentidos.

Tienes el resto de normas urbanas nuevas en la guía de calles de plataforma única.

¿Qué pasa al rebasar un vehículo parado o cerca de un paso de peatones?

Al rebasar un vehículo inmovilizado que ocupa tu carril hay que dejar al menos 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, aunque para ello tengas que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario.

La regla, del artículo 88.1, vale para vehículos inmovilizados por avería, accidente, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico. El texto no la limita a las vías interurbanas. Según la guía de infracciones de la DGT vigente desde el 1 de octubre de 2026, no respetarla es infracción grave: 200 euros, o 100 euros con pronto pago.

También cambian los lugares donde está prohibido adelantar. Desde el 1 de octubre de 2026, está prohibido adelantar en los pasos para peatones señalizados, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, y en sus proximidades, sin las excepciones que admitía antes el Reglamento. Por ejemplo, ya no se puede adelantar en un paso de peatones señalizado aunque se haga a una velocidad tan reducida que permita detenerse a tiempo.

¿Qué multa hay por adelantar a un ciclista sin dejar 1,5 metros?

Según la Ley de Tráfico, adelantar a ciclistas poniéndolos en peligro o entorpeciéndolos, o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros, resta 6 puntos del permiso. Las infracciones de adelantamiento son graves, y la Ley sanciona las graves con una multa de 200 euros.

Los 6 puntos están en el anexo II de la Ley, que describe la conducta con estas palabras: «Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros». No es una novedad de 2026: la Ley lo recoge en su redacción vigente desde el 21 de marzo de 2022.

¿Entran estas normas en el examen teórico?

La DGT no ha dado una fecha para incluir en el examen teórico las normas del Real Decreto 518/2026. Ninguna de sus notas oficiales sobre esta reforma menciona el examen.

En 2025, con el nuevo catálogo de señales, la DGT explicó su práctica habitual: los contenidos nuevos no se incorporan de forma inmediata a las pruebas teóricas, y tras la entrada en vigor de la norma «se abre un plazo mínimo de tres meses antes de su inclusión en los exámenes». La DGT no ha dicho cuándo aplicará ese criterio a esta reforma.

Mientras tanto, estas normas ya son obligatorias desde el 1 de octubre de 2026. Para otros casos de separación lateral, como el viento o los coches aparcados, consulta la guía de separación lateral adecuada.

Fuentes oficiales

Información verificada el 27 de octubre de 2026 en fuentes oficiales (BOE y DGT). ListoB no está vinculado a la DGT. Esta guía orienta; no es asesoramiento legal.

Practica con las normas actuales

Ya conoces las tres cifras: 1,5 metros al lado, 20 km/h menos fuera de poblado y 5 metros detrás en ciudad. Repasa el resto de cambios en la guía de nuevas normas DGT 2026.

Practica el teórico con las normas actuales

Preguntas frecuentes

¿Hay que dejar 1,5 metros al adelantar a un ciclista en ciudad?

Sí. El artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación, en su redacción vigente desde el 1 de octubre de 2026, exige al menos 1,5 metros sin distinguir entre vías urbanas e interurbanas. La Ley de Tráfico ya lo exigía al adelantar a ciclos y ciclomotores.

¿Cuánto hay que reducir la velocidad para adelantar a un ciclista?

Fuera de poblado, al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, antes de empezar el adelantamiento y durante toda la maniobra. Dentro de poblado, el Reglamento no exige esa reducción.

¿Cómo se adelanta a un grupo de ciclistas?

Como si fuera un solo vehículo: desde el 1 de octubre de 2026, el Reglamento considera a los ciclistas que circulan en grupo una única unidad móvil. Hay que dejar al menos 1,5 metros, o cambiar por completo de carril si hay más de uno por sentido.

¿Qué distancia hay que dejar detrás de un ciclista en ciudad?

Al menos 5 metros. Desde el 1 de octubre de 2026, en el ámbito urbano, los conductores de vehículos a motor deben dejar una separación mínima de cinco metros con el ciclista que va delante en el mismo carril.

¿Qué multa hay por adelantar a un ciclista sin dejar 1,5 metros?

Según la Ley de Tráfico, adelantar a ciclistas poniéndolos en peligro o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros resta 6 puntos, y las infracciones de adelantamiento son graves, con multa de 200 euros.

¿Qué hay que hacer al pasar junto a un coche averiado en el carril?

Dejar al menos 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite, aunque haya que ocupar el sentido contrario. Según la guía de infracciones de la DGT vigente desde el 1 de octubre de 2026, no hacerlo cuesta 200 euros.

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