Zonas de bajas emisiones y etiqueta DGT: guía 2026
Las ZBE son obligatorias en municipios de más de 50.000 habitantes. Qué etiqueta tiene tu coche, cómo verla gratis y la multa: 200 €, o 100 € con pronto pago.
9 min de lecturaActualizada el 27 de octubre de 2026
En resumen
Las zonas de bajas emisiones (ZBE) limitan la entrada de vehículos según su etiqueta ambiental de la DGT: 0, ECO, C, B o sin distintivo. La Ley 7/2021 las exige en municipios de más de 50.000 habitantes, y cada ayuntamiento fija sus reglas. En octubre de 2026, saltarse una ZBE cuesta 200 € (100 € con pronto pago), sin perder puntos.
¿Qué es una zona de bajas emisiones (ZBE)?
Una zona de bajas emisiones (ZBE) es un área en la que se limita el acceso, la circulación y el aparcamiento de vehículos según lo que contaminan. La Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética, la describe en su artículo 14.3 como un espacio con «restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire». Esas restricciones siguen la clasificación ambiental del Reglamento General de Vehículos.
Esa clasificación es la de las etiquetas de la DGT. El Real Decreto 1052/2022, que regula las ZBE, obliga a usar el anexo II.E del Reglamento General de Vehículos. También exige que las restricciones afecten primero a los vehículos con más potencial contaminante (artículo 5.2).
Cada ZBE es distinta, porque la regula su ayuntamiento. El mismo real decreto dice que las ZBE «serán delimitadas y reguladas por las entidades locales en su normativa municipal» (artículo 2.3). Por eso la ordenanza de cada municipio decide dónde está la zona y qué etiquetas pueden entrar.
Desde el 1 de octubre de 2026, el Reglamento General de Circulación también habla de las ZBE. Su artículo 157, que llega con la reforma del Real Decreto 518/2026, dice que las autoridades competentes pueden restringir, total o parcialmente, la entrada y la circulación de vehículos en estas zonas. Tienes el resto de la reforma en las nuevas normas de la DGT de octubre de 2026.
¿Qué municipios tienen que tener una ZBE?
Tienen que tener una ZBE los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares. La Ley 7/2021 (artículo 14.3) les obligaba a adoptar «antes de 2023» planes de movilidad urbana sostenible con zonas de bajas emisiones.
La obligación alcanza también a los municipios de más de 20.000 habitantes cuando superen los valores límite de los contaminantes regulados en el Real Decreto 102/2011. En ese caso, la obligación depende de la contaminación y no solo del número de habitantes.
En 2026 hay además un motivo económico. Para recibir las ayudas estatales al transporte público de 2026, los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deben declarar que tienen una ZBE activa o que funcionará durante 2026 (Real Decreto-ley 17/2025, artículo 7.3). Los municipios de 20.000 a 50.000 habitantes deben aportar un informe de calidad del aire que acredite que no se superan los valores límite; si no lo acreditan, se les pide la misma declaración.
Para saber si tu ciudad tiene ZBE, consulta el mapa oficial del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Muestra todos los municipios y territorios insulares obligados y distingue entre ZBE vigentes, en trámite o pendientes. Las reglas concretas de cada zona, como qué etiquetas pueden entrar, están en la ordenanza de tu ayuntamiento.
¿Qué significa cada etiqueta ambiental de la DGT?
La etiqueta ambiental, que la DGT llama distintivo ambiental, clasifica cada vehículo según su potencial contaminante. Hay cinco clases, fijadas desde el 1 de agosto de 2018 en el anexo II.E del Reglamento General de Vehículos, y dependen del tipo de motor y del nivel de emisiones Euro.
| Etiqueta | Turismos y furgonetas ligeras | Referencia orientativa de la DGT |
|---|---|---|
| 0 emisiones (azul) | Eléctricos de batería, de autonomía extendida, de hidrógeno o de pila de combustible, e híbridos enchufables con 40 km de autonomía o más | — |
| ECO | Híbridos enchufables con menos de 40 km de autonomía, híbridos no enchufables y vehículos de gas natural, GNC o GLP; además deben cumplir los criterios de la C | — |
| C (verde) | Gasolina Euro 4, 5 o 6 y diésel Euro 6 | De gasolina, matriculados desde enero de 2006; diésel, desde septiembre de 2015 |
| B (amarilla) | Gasolina Euro 3 y diésel Euro 4 o 5 | De gasolina, matriculados desde el 1 de enero de 2001; diésel, desde 2006 |
| Sin distintivo (clase A) | Cualquier vehículo a motor que no cumple las condiciones de las otras cuatro | — |
Las fechas de la tercera columna son solo orientativas: el criterio legal es el nivel Euro que consta en el Registro de Vehículos. Si tu coche está cerca de una de esas fechas, no lo deduzcas y consulta su etiqueta con la matrícula.
Las motos y demás vehículos de categoría L también tienen etiqueta. Para ellos, la ECO solo existe en los híbridos, la C corresponde a los Euro 3 y Euro 4, y la B a los Euro 2; la 0 emisiones también se aplica a esta categoría. En camiones y autobuses, la C es para los Euro VI y la B para los Euro IV o V.
¿Cómo sé qué etiqueta tiene mi coche?
La etiqueta de cualquier vehículo se consulta gratis con la matrícula en la Sede Electrónica de la DGT, aunque el coche no esté a tu nombre. La DGT lo define como «un trámite gratuito». Estos son los pasos:
- Entra en la página «Consulta del distintivo ambiental de un vehículo» de la Sede Electrónica de la DGT (tienes el enlace en las fuentes, al final).
- Escribe la matrícula en el buscador.
- Pulsa «Consultar» para ver el distintivo que le corresponde.
Si prefieres no usar la web, hay otras tres vías: la app miDGT, el teléfono 060 o una cita en persona. Como no hace falta que el coche sea tuyo, la consulta también te sirve antes de comprar un coche de segunda mano. Tienes otros datos que puedes ver con la matrícula en la guía sobre la información de un coche por su matrícula.
¿Es obligatorio llevar la pegatina de la etiqueta ambiental?
No: colocar la pegatina de la etiqueta ambiental es voluntario. Aun así, la DGT recomienda llevarla puesta, porque hay ordenanzas municipales que pueden regular o incluso limitar la circulación de un vehículo según el distintivo que lleve colocado.
La pegatina cuesta 5 €, más posibles gastos de envío, y va en el ángulo inferior derecho del parabrisas; en las motos, en un lugar visible. No la confundas con la etiqueta identificativa de los patinetes eléctricos (VMP), que lleva la letra M, cuatro números y tres letras (M XXXX LLL) e identifica el patinete inscrito en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, como contamos en la guía del patinete eléctrico.
El distintivo ambiental español solo vale para circular en España. Si vas a conducir por Alemania, Austria, Dinamarca o Francia, infórmate del sistema de cada país. A la vez, los distintivos de esos cuatro países tienen equivalencia en España.
¿Puede entrar un coche con etiqueta B o sin etiqueta en una ZBE?
Que un coche con etiqueta B o sin distintivo pueda entrar en una ZBE depende de la ordenanza de cada ayuntamiento. La norma estatal no fija qué etiquetas entran: exige usar la clasificación de la DGT y que las restricciones afecten primero a los vehículos con más potencial contaminante.
La Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, en vigor desde el 5 de diciembre de 2025, añadió dos novedades. Las grúas de auxilio en vías públicas pueden entrar en una ZBE para hacer un servicio, sea cual sea su etiqueta, si lo comunican a la autoridad de tráfico y están inscritas en el Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas (REAV). Además, los ayuntamientos pueden cobrar una tasa por circular en la ZBE con vehículos que superen los límites o categorías permitidos.
Esa tasa no es una multa: es un pago que cada ayuntamiento puede decidir cobrar. Antes de entrar en una ZBE con un coche con etiqueta B o sin distintivo, mira la ordenanza de ese municipio.
¿Cuál es la multa por entrar en una ZBE sin estar autorizado?
Entrar en una ZBE sin estar autorizado es una infracción grave de 200 €, o 100 € con pronto pago, y no quita puntos. Así lo recoge la guía codificada de infracciones de la DGT, vigente desde el 1 de octubre de 2026, que señala como responsable al conductor.
| Concepto | Dato | Dónde se dice |
|---|---|---|
| Tipo de infracción | Grave | Ley de Tráfico, artículo 76.z3 |
| Multa | 200 € | Ley de Tráfico, artículo 80.1, y guía de infracciones de la DGT |
| Con pronto pago (20 días naturales) | 100 € | Ley de Tráfico, artículo 94, y guía de infracciones de la DGT |
| Puntos | 0 | Guía de infracciones de la DGT |
| Quién responde | El conductor | Guía de infracciones de la DGT |
La base es la Ley de Tráfico. Su artículo 76.z3, vigente desde el 21 de marzo de 2022, califica como grave: «No respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones». La misma infracción cubre, por tanto, las ZBE y las restricciones por episodios de contaminación.
En las vías urbanas, las multas por infracciones de circulación las pone el alcalde de cada municipio (artículo 84.4 de la Ley de Tráfico). Si pagas en un plazo de 20 días naturales, la multa baja un 50 %: por eso los 200 € se quedan en 100 €.
Fuentes oficiales
- BOE: Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética (artículo 14)boe.es
- BOE: Real Decreto 1052/2022, que regula las zonas de bajas emisionesboe.es
- BOE: Reglamento General de Vehículos (anexo II.E, clasificación ambiental)boe.es
- BOE: Real Decreto 518/2026 (artículo 157 del Reglamento General de Circulación)boe.es
- BOE: Ley de Tráfico (artículos 76, 80, 84 y 94)boe.es
- BOE: Ley 9/2025, de Movilidad Sostenibleboe.es
- BOE: Real Decreto-ley 17/2025 (ayudas al transporte público de 2026)boe.es
- DGT: distintivo ambientaldgt.es
- DGT, Sede Electrónica: consulta del distintivo ambiental por matrículasede.dgt.gob.es
- DGT, Sede Electrónica: guía codificada de infracciones, vigente desde el 01/10/2026 (XLS)sede.dgt.gob.es
- MITECO: mapa de las zonas de bajas emisiones en Españamiteco.gob.es
Información verificada el 27 de octubre de 2026 en fuentes oficiales (BOE y DGT). ListoB no está vinculado a la DGT. Esta guía orienta; no es asesoramiento legal.
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Preguntas frecuentes
¿Qué municipios tienen que tener una zona de bajas emisiones?
Según la Ley 7/2021 de cambio climático (artículo 14.3), los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares, y también los de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminación. Cada ayuntamiento delimita y regula su ZBE en su normativa municipal.
¿Cómo sé qué etiqueta ambiental tiene mi coche?
Con la matrícula, gratis, en la Sede Electrónica de la DGT, aunque el coche no esté a tu nombre. También puedes consultarla en la app miDGT, en el teléfono 060 o en persona con cita.
¿Es obligatorio llevar la pegatina de la etiqueta ambiental?
No. Según la DGT, colocarla es voluntario, pero lo recomienda porque hay ordenanzas municipales que regulan la circulación según el distintivo. La pegatina cuesta 5 €, más posibles gastos de envío.
¿Cuál es la multa por entrar en una zona de bajas emisiones sin estar autorizado?
Es una infracción grave: 200 €, o 100 € si pagas en 20 días naturales, sin pérdida de puntos. Así figura en la guía de infracciones de la DGT vigente desde el 1 de octubre de 2026.
¿Puede entrar un coche con etiqueta B en una zona de bajas emisiones?
Depende de la ordenanza de cada ayuntamiento, que decide qué etiquetas pueden entrar en su ZBE. La norma estatal exige que las restricciones afecten primero a los vehículos con más potencial contaminante, pero no fija qué etiquetas entran.
¿Vale la etiqueta ambiental española en otros países?
No. El distintivo ambiental de la DGT solo vale para circular en España. Si vas a conducir por Alemania, Austria, Dinamarca o Francia, infórmate del sistema de cada país.